19.1.14

Las Lagunas de Nisibón: CEPM denuncia contratista de EdeEste destruye y sustrae redes y equipos.

El Consorcio Energético Punta Cana Macao (CEPM) denunció que en un acto ilegal la empresa DELTEC, contratista de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDE Este), destruyó y sustrajo parte de las redes, medidores e instalaciones eléctricas de CEPM que abastecen de electricidad a una estación de combustibles y a su oficina comercial en Las Lagunas de Nisibón, provincia La Altagracia. Dos brigadas de DELTEC, al servicio de EDE Este, apoyadas por nueve miembros de la dotación militar asignada para su seguridad, se presentaron el pasado viernes en horas de la noche sin ningún soporte legal e intervinieron equipos de CEPM. Las Lagunas de Nisibón se encuentra ubicada en el centro de la zona de concesión de CEPM, que se extiende desde la zona de Punta Cana, provincia La Altagracia, hasta Miches, provincia El Seibo y, en consecuencia, está autorizada para operar en dicha comunidad. Esto en virtud de la resolución No. 2-92 del Directorio de Desarrollo de la Industria Eléctrica, ratificado por la Superintendencia de Electricidad, Comisión Nacional de Energía, Poder Ejecutivo y el Contrato de Concesión Definitiva del 28 de junio de 2007.

Se recuerda que desde el año 2008 la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EDE Este) ha tratado de desconocer esta concesión, interponiendo ante el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo (TCTA) una acción en nulidad del Contrato de Concesión Definitiva de CEPM. El Tribunal rechazó la acción de EDE Este y ratificó los derechos de CEPM basando su sentencia en dos criterios diferentes. Se recuerda además que, en fecha 10 de septiembre de 2013, EDE Este presentó ante la Superintendencia de Electricidad (SIE) una denuncia por medio de la cual solicitaba al organismo regulador que impidiera la expansión de CEPM a la zona de Nisibón. La SIE se pronunció de manera preventiva y sin dictaminar sobre el fondo de la controversia mediante Resolución No. SIE-059-2013-SC, de fecha 30 de diciembre de 2013, ordenando a ambas empresas a que cesen la expansión de redes de distribución en la comunidad, mientras ponderaba la denuncia y dictaminaba sobre la controversia misma. CEPM acató la orden de limitación de la expansión, conforme ésta establece, 24 horas luego de la notificación hecha por el Organismo Regulador en fecha 8 de enero de 2014.

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