Una sentencia emanada de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Altagracia, determinó que la resolución 16/2011 del Distrito Municipal Turístico de Verón-Punta Cana es violatoria del ordenamiento jurídico” y la dejó sin efecto, decisión que es saludada por la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD) como una señal de seguridad jurídica para los inversionistas y para las empresas establecidas.
Ligia Bonetti, presidente de la AIRD, explicó esa institución, junto a la Asociación de Hoteles de la Región Este y Asonahores interpusieron la demanda contra la indicada resolución porque consideraron que constituía un atentado contra la producción nacional, el turismo y la seguridad jurídica en el país, estableciendo arbitrios municipales que atentan contra el comercio intermunicipal y coliden con los impuestos nacionales, en violación a lo establecido en el Art. 200 de la Constitución de la República.
Explicó que la acogida del recurso contencioso administrativo debe servir de referencia a otros municipios que a veces quieren gravar actividades productivas con arbitrios inconstitucionales.
La demanda se hizo porque la resolución 16/2011 autorizaba cobros concernientes al aprovechamiento del uso de la vías públicas (rodaje) a los camiones de carga que transiten por ese municipio y otras tasas a los negocios turísticos, encareciendo aún más las actividades productivas de la zona y poniendo en riesgo la generación de empleos formales por parte del sector turístico, comercial e industrial que transitan por el área.
“Con este tipo de arbitrios inconstitucionales se buscaba cobrar impuestos a fábricas de cigarros, colchonerías o reparadoras de colchones, industrias de concreto y hormigón, constructoras, ebanisterías, fábricas de blocks, fábricas de puertas, herrerías, impresoras, sastrerías, vidrieras, hoteles, tiendas, restaurantes etc., que generan empleos formales, que tienen una pesada carga en términos de costos y se pretendía ahogarlas más con esta medida del ayuntamiento de Verón que afortunadamente fue anulada”, explicó Bonetti en esa ocasión.
La sentencia es firmada por la juez Besaida Margarita Sánchez Rodríguez y acoge en forma y fondo el recurso contencioso administrativo depositado por la AIRD y las otras instituciones a través de la firma de abogados Headrick, Rizik, Alvarez & Fernández..
La dirigente empresarial señaló que decisiones como estas son una buena señal para garantizar la seguridad jurídica que requieren los inversionistas y empresarios en el país.
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